Sistema de vigilancia epidemiológica ocupacional: programas para prevenir la enfermedad laboral
Diseñamos y ejecutamos los programas de vigilancia epidemiológica que piden los peligros prioritarios de su empresa, con los exámenes y estudios coordinados con aliados y la información de salud bajo reserva.
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Qué incluye el sistema de vigilancia epidemiológica
Programas de vigilancia epidemiológica osteomuscular y de riesgo químico: población expuesta, evaluaciones, análisis, intervención de puestos e indicadores según el Decreto 1072.
Priorización de los programas a partir de la matriz de peligros y del diagnóstico de condiciones de salud
Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular y de prevención del riesgo biomecánico
Programa de riesgo químico y los demás que exijan los riesgos prioritarios
Definición de la población expuesta y de los criterios de inclusión y seguimiento
Criterios de las evaluaciones médicas periódicas, para que la IPS los aplique
Coordinación de exámenes, estudios de puesto de trabajo, ergonomía y mediciones con aliados habilitados
Plan de intervención de puestos y seguimiento a recomendaciones médicas
Indicadores de proceso y de resultado del programa
Un proceso claro, conectado con su operación
Organizamos el trabajo por etapas para convertir los requisitos en acciones y evidencias útiles para la empresa.
Evaluar
Revisamos el estado actual, los riesgos y las necesidades prioritarias.
Planear
Acordamos alcance, responsables, actividades y tiempos.
Implementar
Desarrollamos las actividades y herramientas aplicables al servicio.
Verificar
Revisamos resultados, evidencias y oportunidades de mejora.
Un sistema de vigilancia epidemiológica en seguridad y salud en el trabajo recoge y analiza de forma continua datos de la salud de los trabajadores y del ambiente de trabajo para prevenir la enfermedad laboral (Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.4.6.2). Se organiza en programas, uno por riesgo prioritario, y es obligatorio: el empleador debe vigilar la salud con evaluaciones médicas y programas de vigilancia epidemiológica para detectar a tiempo los efectos del trabajo y comprobar que los controles funcionan (art. 2.2.4.6.24, parágrafo 3).
El Sivigila, que aparece al buscar “vigilancia epidemiológica”, es el sistema nacional de vigilancia en salud pública. Esta página trata la vigilancia que hace la empresa sobre sus trabajadores dentro del SG-SST.
Qué exige la norma al sistema de vigilancia epidemiológica
| Obligación | Norma |
|---|---|
| Vigilar la salud con evaluaciones médicas de ingreso, periódicas y de retiro y con programas de vigilancia epidemiológica | Decreto 1072, art. 2.2.4.6.24, par. 3 |
| Mantener los programas documentados, con las mediciones ambientales y los monitoreos biológicos cuando apliquen | Art. 2.2.4.6.12, num. 13 |
| Tener el informe de condiciones de salud y el perfil sociodemográfico según los lineamientos de los programas | Art. 2.2.4.6.12, num. 4 |
| Evaluar los puestos de trabajo en el marco de los programas, dentro de la evaluación inicial | Art. 2.2.4.6.16, num. 6 |
| Medir el desarrollo de los programas (proceso) y su cumplimiento (resultado) | Arts. 2.2.4.6.21, num. 8, y 2.2.4.6.22, num. 6 |
| Definir y justificar en los programas los criterios de las evaluaciones médicas periódicas | Resolución 1843 de 2025, art. 10 |
| Recibir de quien hace las evaluaciones un diagnóstico general de salud de la población | Resolución 1843, art. 20 |
La Resolución 0312 de 2019 lo verifica según el tamaño y el riesgo. Con más de 50 trabajadores, o con riesgo IV o V, el estándar pide los programas de vigilancia epidemiológica requeridos por el diagnóstico de salud y los riesgos prioritarios (art. 16). De 11 a 50 trabajadores con riesgo I, II o III, pide las actividades de medicina del trabajo y de promoción y prevención según ese diagnóstico (art. 9).
Qué programas de vigilancia epidemiológica necesita su empresa
Los decide la matriz de peligros junto con el diagnóstico de condiciones de salud. Estos son los más frecuentes en una PyME:
| Peligro prioritario | Programa | Referencia clínica o técnica |
|---|---|---|
| Biomecánico: posturas, movimientos repetitivos, cargas | Osteomuscular (prevención de desórdenes musculoesqueléticos) | GATISO de dolor lumbar, miembros superiores y hombro doloroso (Res. 2844 de 2007) |
| Químico: polvos, humos, vapores, líquidos | Riesgo químico | Mediciones de higiene industrial e índices biológicos de exposición de la ACGIH (Res. 1843, art. 28) |
| Físico: ruido | Conservación auditiva | GATISO de hipoacusia neurosensorial por ruido (Res. 2844 de 2007) |
| Psicosocial | Vigilancia del riesgo psicosocial | Batería de riesgo psicosocial (Res. 2764 de 2022) |
Las guías de atención integral de la Resolución 2844 de 2007 son de referencia obligatoria para el empleador en la prevención, la vigilancia y la rehabilitación de esas patologías (art. 1, parágrafo).
Programa de vigilancia epidemiológica osteomuscular y de prevención del riesgo biomecánico
Es el programa que más PyMEs necesitan: oficinas, comercio, bodegas y manufactura concentran posturas prolongadas, movimientos repetitivos y manipulación manual de cargas. Se apoya en tres fuentes: las evaluaciones médicas periódicas con los criterios del programa, los estudios de puesto de trabajo y la información que reportan los trabajadores.
Con los casos identificados, el programa interviene el puesto antes que a la persona: rediseño de la tarea, ayudas mecánicas, rotación y pausas. La Resolución 1843 de 2025 obliga además al empleador a ejecutar un programa de pausas activas dentro de la jornada (art. 5, literal h).
Programa de riesgo químico
Cuando la matriz muestra exposición a sustancias peligrosas, el programa parte del inventario de productos y de sus fichas de datos de seguridad, y de las mediciones de higiene industrial que coordinamos con aliados. Las evaluaciones médicas específicas siguen los parámetros e índices biológicos de exposición de la ACGIH (Resolución 1843 de 2025, art. 28), y los resultados vuelven a los controles de la gestión de riesgos laborales.
Cómo funciona un sistema de vigilancia epidemiológica: de la población expuesta al indicador
- Población expuesta. Quiénes están expuestos al peligro, por cargo y por área, según la matriz.
- Criterios de inclusión. Qué hace que un trabajador entre al programa y cómo se clasifica: sano, sospechoso o caso.
- Evaluación. Evaluaciones médicas con los criterios del programa, valoraciones complementarias y estudios de puesto.
- Análisis. Con el diagnóstico general de salud (Res. 1843, art. 20): qué áreas, cargos y síntomas concentran los casos.
- Intervención. Controles por jerarquía en el puesto y seguimiento médico de cada caso.
- Indicadores y ajuste. Cobertura, casos nuevos y cumplimiento de actividades, medidos para la revisión por la dirección.
Quién hace qué en la vigilancia epidemiológica
- La IPS o el médico especialista en SST hace las evaluaciones con los criterios del programa, custodia la historia clínica y entrega el concepto médico ocupacional y el diagnóstico de salud. La información individual es reservada (Resolución 1843 de 2025, art. 31).
- MR diseña y ejecuta el programa, fija sus criterios, coordina con aliados habilitados los exámenes, los estudios de puesto, la ergonomía y las mediciones, analiza los resultados agregados y hace seguimiento a la intervención.
- La empresa adapta las condiciones de trabajo a las recomendaciones médicas en un máximo de 20 días hábiles (art. 5, literal f) y mantiene los recursos del programa. La responsabilidad legal es suya.
Cómo diseñamos el programa de vigilancia epidemiológica
- Priorización. Cruzamos la matriz de peligros, el diagnóstico de salud y las estadísticas de ausentismo y enfermedad para decidir qué programas hacen falta.
- Diseño. Objetivo, población, criterios de inclusión, actividades, responsables e indicadores de cada programa.
- Criterios médicos. Fijamos con el médico qué evaluaciones y con qué periodicidad pide cada programa.
- Evaluación. Coordinamos exámenes, estudios de puesto y mediciones con aliados habilitados.
- Intervención. Plan de acción por puesto y seguimiento a recomendaciones y restricciones.
- Seguimiento. Indicadores y ajuste anual del programa.
Entregables del sistema de vigilancia epidemiológica
- El documento de cada programa de vigilancia epidemiológica, fechado y listo para aprobación.
- La población expuesta y su clasificación, sin datos clínicos individuales.
- Los criterios de las evaluaciones médicas periódicas para la IPS.
- El plan de intervención de puestos con responsables y fechas.
- El seguimiento a recomendaciones y restricciones médicas.
- Los indicadores de proceso y de resultado de cada programa.
Normativa de la vigilancia epidemiológica ocupacional en Colombia
La pertinencia de cada requisito se determina según el alcance del servicio y las características de la organización.
- Decreto 1072 de 2015, art. 2.2.4.6.24, parágrafo 3Obliga a vigilar la salud de los trabajadores con evaluaciones médicas y programas de vigilancia epidemiológica, para detectar a tiempo los efectos del trabajo y evaluar los controles.
- Decreto 1072 de 2015, arts. 2.2.4.6.12, 2.2.4.6.21 y 2.2.4.6.22Los programas son documento obligatorio del SG-SST, con sus mediciones y monitoreos, y su desarrollo y cumplimiento son indicadores de proceso y de resultado.
- Resolución 1843 de 2025Regula las evaluaciones médicas ocupacionales: sus criterios se definen en los programas de vigilancia (art. 10), la periodicidad (art. 15), el diagnóstico de salud (art. 20) y la reserva de la historia clínica (art. 31). Derogó la Resolución 2346 de 2007.
- Resolución 2844 de 2007Adopta las guías de atención integral (GATISO) de dolor lumbar, desórdenes de miembros superiores, hombro doloroso, neumoconiosis e hipoacusia por ruido, de referencia obligatoria para el empleador.
- Resolución 0312 de 2019Verifica las actividades de medicina del trabajo y, para empresas de más de 50 trabajadores o de riesgo IV y V, los programas de vigilancia epidemiológica requeridos.
Preguntas frecuentes sobre el sistema de vigilancia epidemiológica
¿Es obligatorio el sistema de vigilancia epidemiológica en una empresa?
¿Cuántos programas de vigilancia epidemiológica necesita mi empresa?
¿Qué es el Sivigila y tiene que ver con la vigilancia epidemiológica de mi empresa?
¿La empresa conoce los resultados de los exámenes de cada trabajador?
¿Cada cuánto se hacen las evaluaciones médicas periódicas?
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para aplicar una recomendación médica?
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Exámenes médicos ocupacionales, profesiogramas, higiene industrial, ergonomía y evaluación psicosocial, coordinados con aliados habilitados.

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