COPASST y comité de convivencia laboral: conformación, elecciones y funcionamiento en su empresa
Convocamos y acompañamos las elecciones, dejamos las actas de conformación, capacitamos a los integrantes y seguimos las reuniones de los dos comités que la norma exige a su empresa.
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Qué incluye la conformación del COPASST y del comité de convivencia
Conformación y funcionamiento del COPASST o vigía de SST y del comité de convivencia laboral: convocatoria, elecciones, actas, capacitación de integrantes y seguimiento de reuniones.
Definición de lo que le aplica: COPASST o vigía de SST y número de integrantes de cada comité
Convocatoria, inscripción de candidatos, elecciones y escrutinio de los representantes de los trabajadores
Actas de conformación y designación de los representantes del empleador
Reglamento del comité de convivencia laboral con sus acuerdos de confidencialidad
Capacitación de los integrantes en sus responsabilidades y funciones
Acompañamiento en reuniones, elaboración de actas y seguimiento a planes de trabajo y compromisos
Orientación al comité de convivencia en el procedimiento preventivo y sus tiempos
Un proceso claro, conectado con su operación
Organizamos el trabajo por etapas para convertir los requisitos en acciones y evidencias útiles para la empresa.
Evaluar
Revisamos el estado actual, los riesgos y las necesidades prioritarias.
Planear
Acordamos alcance, responsables, actividades y tiempos.
Implementar
Desarrollamos las actividades y herramientas aplicables al servicio.
Verificar
Revisamos resultados, evidencias y oportunidades de mejora.
El COPASST es el comité de empleador y trabajadores que vigila la seguridad y la salud en el trabajo de la empresa, y el comité de convivencia laboral es el que previene el acoso laboral y concilia los conflictos entre compañeros. El primero es obligatorio con 10 o más trabajadores (Resolución 2013 de 1986); con menos, se designa un vigía de SST. El segundo lo debe tener toda empresa, y desde septiembre de 2025 se rige por la Resolución 3461 de 2025, que derogó las Resoluciones 652 y 1356 de 2012.
Un inspector del trabajo pide lo mismo para los dos: el acta de conformación, las actas de las reuniones y los informes. Sin esos papeles, el comité no existe para la norma aunque se reúna.
Conformación del COPASST según el número de trabajadores
La Resolución 2013 de 1986 fija el número de representantes. Cada parte tiene sus suplentes:
| Trabajadores de la empresa | Representantes del empleador | Representantes de los trabajadores |
|---|---|---|
| Menos de 10 | Vigía de SST (una persona) | — |
| 10 a 49 | 1 | 1 |
| 50 a 499 | 2 | 2 |
| 500 a 999 | 3 | 3 |
| 1.000 o más | 4 | 4 |
El empleador designa a sus representantes y al presidente; los trabajadores eligen a los suyos por votación libre, y el comité elige al secretario. El periodo es de dos años, y el empleador debe dar a cada integrante cuatro horas semanales de la jornada para el comité (Decreto 1295 de 1994, art. 63). Si la empresa tiene varios establecimientos, puede conformar un comité por cada uno.
Convocatoria y elecciones del COPASST paso a paso
- Convocatoria escrita a todos los trabajadores, con fechas de inscripción y de votación.
- Inscripción de candidatos y publicación de la lista.
- Votación libre de los trabajadores, con registro de votantes.
- Escrutinio público y acta con los resultados.
- Designación de los representantes del empleador y del presidente.
- Acta de conformación firmada y comunicada a toda la empresa.
La norma exige la votación libre y los soportes: el artículo 2.2.4.6.12 del Decreto 1072 de 2015 incluye la convocatoria, la elección y la conformación del comité entre los documentos obligatorios del SG-SST. El orden de los pasos es buena práctica para que cada uno deje su evidencia.
Qué hace el COPASST cada mes
El comité se reúne al menos una vez al mes, en la empresa y en horario de trabajo, con quórum de la mitad más uno. Según el artículo 11 de la Resolución 2013 de 1986, en esas reuniones y fuera de ellas:
- Propone medidas preventivas y actividades de capacitación.
- Inspecciona periódicamente los lugares de trabajo y reporta los riesgos que encuentra; participa en las inspecciones de seguridad.
- Colabora en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo; un representante suyo integra el equipo de la investigación de accidentes de trabajo.
- Estudia las sugerencias de los trabajadores y sirve de enlace con la dirección.
- Lleva el archivo de actas, disponible para el empleador, los trabajadores y las autoridades.
No se ocupa de asuntos contractuales, disciplinarios ni sindicales (art. 10). Participa además en la revisión anual del programa de capacitaciones de SST.
Comité de convivencia laboral con la Resolución 3461 de 2025
La resolución cambió la composición y la frecuencia de reuniones del comité de convivencia laboral:
| Trabajadores de la empresa | Integrantes (art. 3) |
|---|---|
| Menos de 5 | 1 representante del empleador y 1 de los trabajadores |
| Más de 5 y menos de 20 | 1 y 1, con sus suplentes |
| Más de 20 | 2 y 2, con sus suplentes |
- Elección: el empleador designa a los suyos; los trabajadores votan en secreto y el escrutinio es público. No puede integrarlo quien haya tenido una queja de acoso laboral, o haya sido víctima, en el año anterior.
- Varias sedes: un comité central y uno por cada centro de trabajo.
- Reglamento propio con acuerdos de confidencialidad (art. 4).
- Reuniones mensuales y una extraordinaria por cada queja (arts. 9 y 10).
- Periodo de dos años; al terminar, entrega toda la documentación al comité siguiente (art. 5).
- Trabajadores en misión: la queja la tramita el comité de la empresa usuaria, con un representante del comité de la empresa de servicios temporales.
Tiempos del procedimiento ante una queja de acoso laboral
| Paso (art. 6) | Plazo |
|---|---|
| Recibir y dar trámite a la queja | 5 días calendario |
| Examinar el caso y escuchar a cada parte | 5 días, ampliables hasta 15 con justificación escrita |
| Reunión de diálogo y plan de mejora concertado | 5 días después de escuchar a las partes, ampliables hasta 15 |
| Recomendaciones a la alta dirección | Entre 5 y 10 días |
| Si no hay acuerdo o la conducta persiste: informar a la alta dirección y cerrar el caso | Máximo 15 días |
| Seguimiento de compromisos y recomendaciones | Mensual |
| Informes de gestión a la alta dirección | Trimestrales y uno anual |
Todo el procedimiento preventivo no puede pasar de 65 días calendario desde la queja formal. El comité no decide si hubo acoso: concilia y recomienda. En el sector privado, si no hay acuerdo, el trabajador puede acudir al inspector de trabajo o al juez. Los casos de acoso sexual no son de su competencia.
Política de acoso laboral: lo que añade el Decreto 1040 de 2026
La Ley 1010 de 2006 ya exigía un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo en el reglamento de trabajo. El Decreto 1040 de 2026 añade al Decreto 1072 una política de prevención del acoso laboral, la violencia y la discriminación, construida con participación de los trabajadores, y un protocolo de atención, los dos articulados con el SG-SST y con el comité de convivencia. Obliga también a actualizar el reglamento interno de trabajo y los contratos.
Los factores de riesgo psicosocial que están detrás de muchas quejas se miden con la batería de riesgo psicosocial, y su plan de intervención debe hablar con el trabajo del comité.
Diferencias entre el COPASST y el comité de convivencia laboral
| COPASST o vigía | Comité de convivencia | |
|---|---|---|
| Para qué | Vigilar la seguridad y la salud | Prevenir el acoso laboral y conciliar |
| Norma | Res. 2013 de 1986 | Res. 3461 de 2025 |
| Obligatorio desde | 10 trabajadores (con menos, vigía) | Cualquier tamaño |
| Reuniones | Mensuales | Mensuales y una por queja |
| Periodo | Dos años | Dos años |
| Qué produce | Actas, inspecciones y propuestas | Actas, recomendaciones e informes |
Son comités distintos, con elecciones separadas.
Cómo acompañamos sus comités
- Diagnóstico. Revisamos si los comités existen, si su periodo sigue vigente y si su composición corresponde al número de trabajadores.
- Convocatoria y elecciones. Preparamos los formatos y acompañamos la votación y el escrutinio.
- Conformación. Redactamos las actas y el reglamento del comité de convivencia.
- Capacitación. Formamos a los integrantes en sus funciones, en la investigación de accidentes (COPASST) y en el procedimiento preventivo y la reserva de la información (convivencia).
- Acompañamiento. Asistimos a las reuniones que se acuerden, dejamos las actas y seguimos los planes de trabajo y los compromisos.
- Renovación. Avisamos antes de que venza el periodo de dos años.
MR no integra los comités ni decide los casos: la responsabilidad de que funcionen es del empleador y de sus integrantes. Nuestro papel es que tengan método, formación y evidencia.
Entregables del COPASST y del comité de convivencia
- Convocatorias, registros de votación y actas de escrutinio.
- Actas de conformación de los dos comités.
- Reglamento del comité de convivencia laboral con sus acuerdos de confidencialidad.
- Registros de la capacitación de los integrantes.
- Plan de trabajo de cada comité y actas de las reuniones acompañadas.
- Formatos para recibir quejas y para los informes trimestrales y anual del comité de convivencia.
Normativa del COPASST y del comité de convivencia laboral en Colombia
La pertinencia de cada requisito se determina según el alcance del servicio y las características de la organización.
- Resolución 2013 de 1986Organización y funcionamiento del comité paritario (hoy COPASST): obligatorio con 10 o más trabajadores, integrantes por tamaño, elección, reuniones mensuales y funciones.
- Decreto 1295 de 1994, art. 63Periodo de dos años para los integrantes del COPASST y cuatro horas semanales de la jornada para cada uno.
- Decreto 1072 de 2015, arts. 2.2.4.6.8 y 2.2.4.6.12El empleador garantiza tiempo y recursos al COPASST o vigía y conserva los soportes de convocatoria, elección y conformación y las actas de reuniones.
- Resolución 3461 de 2025Conformación, funciones, reuniones y tiempos del comité de convivencia laboral. Deroga las Resoluciones 652 y 1356 de 2012.
- Ley 1010 de 2006Define el acoso laboral y sus modalidades y exige un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo.
- Decreto 1040 de 2026Adiciona al Decreto 1072 la política y el protocolo de prevención del acoso, la violencia y la discriminación, articulados con el SG-SST y el comité de convivencia.
Preguntas frecuentes sobre el COPASST y el comité de convivencia laboral
¿Mi empresa necesita COPASST o vigía de SST?
¿Cuántos integrantes tiene el comité de convivencia laboral?
¿Cada cuánto se reúnen el COPASST y el comité de convivencia laboral?
¿Cuánto dura el periodo del COPASST y del comité de convivencia?
¿Sigue vigente la Resolución 652 de 2012?
¿El comité de convivencia decide si hubo acoso laboral?
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